- Un Tribunal Superior de la India dictamina que las agencias de investigación no pueden congelar una cuenta bancaria completa durante una investigación.
- El tribunal ordenó a la policía que congelara solo la cantidad específica relacionada con el fraude de criptomonedas.
- Al peticionario se le concedió el acceso a su cuenta bancaria con la condición de que mantuviera un saldo mínimo de aproximadamente 2.990 dólares.
Un Tribunal Superior de la India ha frenado la indiferente congelación de cuentas, declarando que las agencias de investigación no pueden congelar cuentas bancarias enteras durante las investigaciones de fraude de criptomonedas.
La decisión del tribunal se produce inmediatamente después de un reciente caso de fraude de criptomonedas en el que la cuenta de un peticionario se congeló por completo. Teniendo en cuenta los inconvenientes y dificultades causados por tales movimientos, el tribunal ordenó que las agencias de investigación solo pueden congelar la cantidad específica vinculada al fraude; no toda la cuenta.
Mohammed Saifullah, titular de una cuenta en el banco HDFC en el distrito de Tiruvallur, presentó una petición después de que su cuenta fuera congelada por la Oficina de Seguridad Cibernética del Estado de Telangana (TSCSB). El congelamiento, relacionado con una investigación de fraude de criptomonedas , duró más de un año. Aunque Saifullah desconocía el motivo, el abogado del banco informó al tribunal de que se derivaba de una investigación iniciada en mayo de 2023.
En ese momento, la cuenta de Saifullah tenía alrededor de ₹ 9.69 lakh (aproximadamente USD 11,680).
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Se congela la postura del tribunal sobre la cuenta
El juez G. Jayachandran argumentó que congelar una cuenta completa pone en peligro los medios de vida y la estabilidad financiera de las personas. El juez agregó que los titulares de las cuentas no sabían las razones de la suspensión de la cuenta. Para cuando se dan cuenta, es posible que sus actividades financieras diarias y sus operaciones comerciales ya se hayan visto significativamente interrumpidas. Y añadió:
«No cabe duda de que los estatutos facultan a los organismos de investigación para solicitar al banco en cuestión que congele las cuentas pendientes de investigación y lo comunique de inmediato a los tribunales jurisdiccionales, pero si el poder se ejerce adecuadamente o no es la cuestión discutible que ahora se cierne sobre nosotros».
En el fallo a favor de Saifullah, el juez Jayachandran ordenó que se le permitiera el acceso a su cuenta, sujeto a la condición de que mantuviera un saldo mínimo de ₹2.48 lakh (aproximadamente $2,990), que es la cantidad actualmente bajo investigación. El tribunal también falló en contra de cualquier orden futura de congelar cuentas bancarias enteras para investigaciones.
El juez hizo referencia a la Sección 102 del Código de Procedimiento Penal, y ahora a la Sección 106 del Bharatiya Nagarik Suraksha Sanhita (BNSS), que requieren que las agencias de investigación notifiquen de manera oportuna a los titulares de cuentas afectados y también informen a los tribunales sobre tales congelaciones y cierres. El juez señaló que a menudo se hace caso omiso de estas disposiciones. El juez Jayachandran enfatizó que el tribunal con frecuencia ve peticiones para «descongelar» cuentas debido a la falta de comunicación de las agencias con el tribunal jurisdiccional.
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